Usted tiene una afección dolorosa que ha requerido el uso frecuente de medicamentos analgésicos tipo narcótico. Queremos que reciba el mejor cuidado posible para su problema. Para eso, debe contar con un proveedor de atención médica personal que pueda supervisar su plan de tratamiento.
Puede comunicarse con uno de los proveedores de la lista de nombres que le hemos dado. O puede buscar un proveedor personal por su cuenta.
Si su proveedor nota que usted necesita analgésicos por una emergencia, es posible que le dé un contrato para el tratamiento del dolor. Se trata de una carta redactada por su proveedor que describe qué medicamento analgésico puede recibir, cuánto y con qué frecuencia. Usted la firma para demostrar que está de acuerdo con ese plan de tratamiento. Traiga esa carta con usted cada vez que venga a este centro. Ese documento le permitirá recibir el tratamiento adecuado con la menor demora posible.
Nota:
En el futuro, ya no podrá recibir analgésicos narcóticos en este centro a menos que traiga su contrato para el tratamiento del dolor o que recibamos la autorización telefónica de su proveedor de atención médica personal.
Su proveedor debe actualizar su contrato para el tratamiento del dolor con frecuencia. Si no está actualizado, es posible que este centro no lo acepte. Un contrato para el tratamiento del dolor no garantiza que recibirá los medicamentos que solicita. El proveedor que lo trata tiene derecho a negarle los medicamentos si cree que es recomendable.